
diciembre 2008 |

SENADORA MARITA PERCEVAL
El ciudadano militar un cambio cultural |













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SENADORA MARITA PERCEVAL
El ciudadano militar un cambio cultural |
por CFT |
| Marita
Perceval es Senadora por el Partido Justicialista. Además
preside la Comisión de Defensa Nacional cuya
función es dictaminar sobre lo relativo a la
organización, armamento y disciplina de las Fuerzas
Armadas de tierra, mar y aire de la Nación y
sus servicios auxiliares y afines, las cuestiones atinentes
a las misiones que corresponden a estas fuerzas y las
que se refieren a recompensas, honores y todo otro asunto
referente al ramo de defensa nacional. Ha sido una de
las promotoras de la derogación de la Ley 14.029.
Habló con SOLDADOS acerca del nuevo paradigma
del ciudadano militar. |
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Por qué se presenta la necesidad
de derogar la Ley 14.029?
Por la necesidad de lograr coherencia en nuestro sistema normativo.
Exigir una merecida adecuación, como manda nuestra Constitución
Nacional. Cumplir con un fallo de la Corte y, al mismo tiempo,
creo que cultural y éticamente, avanzar hacia una sociedad
donde los hombres y mujeres de las Fuerzas Armadas no sean ciudadanos
de segunda categoría, sino ciudadanos plenos, con los
mismos derechos de todos los argentinos. ¿Por qué
digo esto? Porque la persistencia de un Código de Justicia
Militar negaba derechos elementales, como es el derecho a un
debido proceso, y en términos éticos resultaba
igualmente desfavorable para los hombres de las Fuerzas Armadas.
Usted recién mencionó el término del militar
como ciudadano común. ¿Qué significa esa
nueva definición de ‘ciudadano militar’?
Yo creo que inspirada no sólo en una definición
política que transmiten tanto la Ministra de Defensa,
como la Presidenta de la Nación. Tenemos además
el ejemplo de otros países, como por ejemplo Alemania,
que después de haber pasado situaciones fuertemente traumáticas
en su historia, han realizado una revaloración institucional
entre los países europeos. Las Fuerzas Armadas, que tenían
bajo su responsabilidad la defensa de los intereses superiores
de la Nación, no podían tener restringidos sus
derechos por haber decidido vocacionalmente el ejercicio de
una profesión. En esto, no solamente la Doctrina Internacional
sino también la decisión política del gobierno
de la Nación Argentina es que la ciudadanía es
un derecho de base, en donde un ciudadano/a puede elegir libremente
distintas trayectorias profesionales, laborales, pero que en
ningún momento pueden disminuir, negar u opacar la condición
de ciudadano pleno.
Algunas miradas, en tal caso, se deslizan a una lógica
de privilegios; pero por el contrario, creo que no es ningún
privilegio no tener derecho a un juicio justo. Lo que hay que
mirar es qué pasa con una democracia que le debía
a sus hombres y mujeres de las Fuerzas Armadas, no un favor,
ni un regalo gracioso, sino un gesto de respeto irrestricto
a la Constitución y un reconocimiento inalienable de
su derecho a ciudadanía.
¿Como
cree que se dará el cambio cultural dentro de la Fuerza?
Creo que el cambio cultural en el sistema de la defensa
atraviesa y compromete al Estado en su totalidad. No podemos
seguir con una arquitectura de Estado deudora del siglo XIX
y XX para una agenda del siglo XXI. No soy de las que separan
el cambio cultural para las Fuerzas Armadas de otros sectores
del Estado. Todo el Estado debe dar un cambio cultural y esto
es lo que se está propiciando y avanzando. Y en este
sentido, el cambio cultural significa indudablemente redefinir
lo que en un contexto de universalización dinámica,
de escenarios y de conflictos, se reafirma con las funciones
y misiones de las Fuerzas Armadas. No obstante, sabemos que
se presentan nuevos escenarios de conflictividad. Que las hipótesis
de conflicto no son las tradicionales, pero hay en la agenda
apelaciones de redefinición de procedimientos, capacidades,
modos de trabajar de las tres Fuerzas articuladas en escenarios
no solamente nacionales, sino también regionales, hemisféricos
e internacionales. Entonces, dentro de este marco, si uno entiende
que el cambio cultural involucra a todos -porque la falta de
formación, es decir cultura, para liderar el Estado y
definir políticas públicas es justamente lo que
quedó en evidencia con nitidez y profundidad durante
la crisis institucional y económica del 2001- eso se
deber recrear desde el Estado. Pero no mirando desde el espejo
retrovisor, sino con la necesidad de que el Estado dé
respuestas a la agenda del día que hoy se abre, con desafíos
económicos, sociales y también con temas de seguridad
y defensa. Y en este punto, me parece que indudablemente las
resistencias a los cambios no sólo se dan en el espacio
de las Fuerzas Armadas. ¿Por qué digo esto? Porque
la resistencia al cambio es absolutamente comprensible. Porque
supone entender y comprender el por qué y para qué
este cambio se realiza. Y ese juego de las resistencias es la
lógica y parte de la dinámica de las instituciones.
Si a esto le agregamos características especialísimas,
como es el caso de las Fuerzas Armadas que tienen una actividad
reglamentada, en donde la jerarquía no es autoritarismo
sino un principio inexcusable de funcionamiento eficiente y
previsible, me parece que en esto fue muy importante la decisión
de la Ministra de constituir un Consejo Consultivo para trabajar
con distintos sectores académicos, de la Justicia, del
Parlamento, de las Fuerzas Armadas para un nuevo Código
de Justicia Militar.
Indudablemente, como otras cosas de la vida, a los cambios se
los acompaña con la pedagogía de los cambios.
Justamente, la responsabilidad de quienes tienen una situación
de toma de decisiones, también tienen la responsabilidad
colateral, no menos importante de realizar dicha pedagogía
del cambio. Y esto me parece que se está haciendo. Entonces,
¿cuándo se va a valorar sustantivamente esta reforma
de un sistema de disciplina y esta derogación de un cambio
de disciplina para pasar a ser un ciudadano de plenos derechos
donde el delito esencialmente militar sale de un ordenamiento
jurídico punitivo? Es decir que cuando ese individuo
enfrente una acusación, sepa de qué se lo acusa,
por qué, que tiene derecho a defensa, a participar con
asesoramiento en todas las instancias del proceso y que sepa
que ese delito tiene una sanción. Y que sepa que tiene
derecho a una legítima defensa. Uno se puede defender
si sabe de qué se lo imputa.
¿Cuáles
eran las disfunciones puntuales que presentaba el antiguo sistema?
Creo que la otra cuestión contradictoria y que
no puede ser controversial, sino contradictoria en la tradición
argentina como país no propiciador ni promovedor de la
pena de muerte sino con una tradición abolicionista,
quedaba como un resabio la pena de muerte en el antiguo código.
Y esto importa e impacta, lo cual no significa confundir esto
con la negación de un delito como es el de traición
a la Patria, que existe en nuestro Código Penal. En el
tema disciplinario, también el hecho de haberse categorizado
en faltas leves, graves y gravísimas y que se sepa qué
es lo que constituye y conforma una lista acotada pero contundente
y explicitada de faltas gravísimas, hace también
a que la institución no sea llevada por los vientos de
la incertidumbre y la arbitrariedad.
Hay una categoría que no es menor en la institución,
que es la honorabilidad y el honor. Es una categoría
cultural que no puede quedar al azar, degradada o construida
bajo falacias. La honorabilidad y el honor en la vida personal
y en la profesión militar se construyen a través
de conductas valiosas y esto no puede ser arbitrario.
¿Recurrir
a la justicia ordinaria no afectará el orden institucional?
Si hubiera sido solamente la derogación del Código
de Justicia Militar, entonces diría que no se hizo todo
lo que se tenía que hacer. Habiendo cubierto el sistema
de justicia ordinaria para los delitos previstos en nuestro
Código Penal para todos los ciudadanos, habiendo complementado
con un sistema de disciplina específico para las Fuerzas,
el haber trabajado en el proyecto de los procedimientos penales
militares en tiempos de conflictos armados o en tiempos de guerra,
realmente creo que esto cubre todas las instancias que preven
la aplicación de una sanción o la explicitización
de normas de comportamiento. Y esto no solamente tiene que ser
una armonización con nuestra legislación interna,
sino también con tratados internacionales que soberanamente
hemos hecho nuestros.
¿Qué
sucede con la nueva ley en la aplicación en momentos
de guerra? ¿Dónde está el límite,
dentro de la legislación, al impartir o recibir una orden
que puede ser un tanto arbitraria?
Acá hay dos cuestiones: una es la figura de la obediencia
de vida en donde la orden de un superior puede entrañar
la condición de un delito aberrante. Esa figura, ya desde
la modificación de la época de la presidencia
de Alfonsín, está absolutamente derogada.
Otra cosa es esto: “Si yo fuera General haría las
cosas de esta otra manera”. No es así. Las Fuerzas
tienen una jerarquía, basadas en el reconocimiento de
interpares, que va construyendo el ascenso de varios de los
hombres que van haciendo su carrera militar en función
de su capacidad de liderazgo, de su formación técnico-profesional,
de su honorabilidad en la trayectoria: con lo cual no es un
lugar de opiniones. El mando supone reconocimiento de la facultad
de mando. Entonces hay que distinguir, entre -insisto- obediencia
de vida y el concepto opuesto.
Quien tiene el mando, en su decisión, se juega el destino
de los hombres que tiene bajo su mando y la suerte de un país
en la decisión que se toma. Iinsisto en esto porque una
de las cuestiones que como sociedad tenemos que rescatar es
que el principio de respeto y autoridad tiene que ser construido
en la confianza que se delega en aquél que ejerce desde
su lugar de mando un principio de autoridad. ¿Esto lo
habilita para ser arbitrario, injusto, corrupto? No, pero debe
haber un reconocimiento del principio de responsabilidad que
da el principio de autoridad.
Insisto, se puede decir “yo hubiera hecho esto de otra
manera”. Generalmente todos somos técnicos de fútbol
de la Selección. Pero los jugadores juegan en la cancha
con las directivas del técnico.
¿Qué
beneficio representa el nuevo sistema para el paradigma del
ciudadano militar?
Para el Sistema de Defensa, para el conjunto del Estado, para
toda la sociedad y por ende para los hombres y mujeres de la
Fuerzas Armadas, significa dejar de violar la Constitución.
Significa dejar de tener incoherencias con el plexo de tratados
internacionales que rigen y administran el sistema de defensa
de la República Argentina. Al mismo tiempo, en lo que
hace específicamente a las Fuerzas, creo que es la ciudadanización
de sus derechos. Por otro lado, abogamos por la previsibilidad
y responsabilidad en sus conductas. No desde la subestimación
del suboficial o de oficiales de menor rango, sino desde el
reconocimiento de que son hombres que tienen la capacidad de
reconocer qué es lo que hay que hacer y qué no,
en un sistema disciplinario que debe regir con claridad, previsibilidad
y transparencia.
Creo que esto es dejar atrás -y me gusta repetirlo porque
hace al cambio cultural- la idea de que el soldado no es un
cuerpo que obedece, sino que es un hombre de plena conciencia
que obedece porque considera legítima, valiosa, eficaz
y oportuna una orden de un superior.  |
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